miércoles, 6 de agosto de 2008

Procedimiento de Modificación de Carga Académica

Conforme a los artículos 27 y siguientes del Reglamento General del Alumno de Pregrado:
1.- Al final de cada período académico, semestral o anual, los alumnos deberán inscribir las asignaturas que cursarán en el siguiente período en las fechas y de acuerdo al procedimiento establecido anualmente, en la Programación de Actividades Académicas y Estudiantiles de la Universidad.
2.- Los alumnos tendrán un plazo de 30 días corridos desde el inicio de clases para retirar asignaturas, no pudiendo retirar un porcentaje superior al 50% de las asignaturas previamente inscritas.
3.- En la inscripción de cursos el alumno deberá respetar las siguientes reglas:
(1) El alumno que ingrese al primer año de la Carrera deberá inscribirse en todas las asignaturas que el Plan de Estudios vigente contemple para dicho nivel.
(2) Salvo autorización expresa de la Directora de Carrera, la que sólo se dará por motivos graves y debidamente calificados, al inscribir sus asignaturas el alumno estará sujeto a las siguientes reglas:
a) Durante los semestres siguientes al primero, el alumno deberá inscribir un número de cursos cuyos créditos, en total, no sean inferiores a treinta ni superiores a cincuenta y cuatro.
b) El alumno sólo podrá inscribirse en aquellas asignaturas cuyos pre-requisitos o requisitos mínimos hubiese cumplido.
c) El alumno no podrá inscribir asignaturas cuyos módulos ordinarios de clases tengan coincidencia horaria.
d) El alumno deberá preferentemente inscribir los cursos del currículum mínimo que hubiere reprobado en el período anterior.
Las solicitudes de cursos que hagan los alumnos que no se atengan a lo establecido en los acápites anteriores, serán consideradas nulas y rechazadas, pudiendo la Directora de Carrera hacer la asignación por el alumno, con entera libertad. La asignación de cursos se realizará en conformidad a las siguientes reglas de acuerdo al orden que se indica:
a) Las vacantes serán asignadas sobre la base del Ranking Académico, calculado, para estos efectos, por la Universidad. Tendrán preferencia quienes posean mejor Ranking Académico.
b) Para las vacantes disponibles, los alumnos que se hubieren retirado, o hubieren sido reprobados en el período anterior, gozarán de preferencia respecto de aquellos alumnos que no se encontraren en el número precedente, para el sólo efecto de que se les asigne un profesor diverso a aquel que le impartió la cátedra durante el período anterior.
c) Dentro de los plazos fijados en la programación de actividades académicas y estudiantiles, el alumno podrá solicitar cambios en la asignación de cursos en que figure inscrito.

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